¿Se pueden instalar cámaras de vigilancia en la comunidad de vecinos?

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La seguridad en los edificios y comunidades de vecinos es una prioridad en muchas zonas urbanas, como Barcelona. Una medida que a menudo se considera es la instalación de cámaras de vigilancia. Sin embargo, esta decisión no solo implica un coste y una logística, sino también la necesidad de cumplir con la normativa vigente.

En este artículo, proporcionado por AdHernández, especialistas en gestión de patrimonios inmobiliarios en Barcelona, abordaremos la cuestión de si es legal y bajo qué condiciones se pueden instalar cámaras de vigilancia en comunidades de vecinos en Cataluña.

La legalidad de las cámaras de vigilancia en comunidades de vecinos

En Cataluña, como en el resto de España, la instalación de cámaras de vigilancia en comunidades de vecinos está regulada principalmente por la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), y la Ley 5/2014, de Seguridad Privada. Ambas normativas establecen las condiciones bajo las cuales se pueden instalar estos dispositivos.

Protección de datos y privacidad

Uno de los principales aspectos a considerar es la protección de datos. Las cámaras de vigilancia capturan imágenes, que se consideran datos personales. Por ello, es fundamental garantizar la privacidad de los residentes y de cualquier persona que pase por el área vigilada.

Antes de instalar las cámaras, la comunidad debe:

¿Dónde se pueden instalar?

Las zonas comunes, como el vestíbulo, pasillos, garajes o trasteros, son lugares donde generalmente se permite la instalación de cámaras de vigilancia. Sin embargo, es crucial que las cámaras no capturen imágenes de espacios públicos externos ni invadan la privacidad de viviendas particulares o áreas privadas.

Almacenamiento de imágenes

La LOPDGDD y la normativa de seguridad establecen que las grabaciones se deben conservar un máximo de 30 días, tras los cuales deben ser eliminadas, a menos que tengan relevancia para pruebas en algún proceso judicial o similar.

Contratación de empresas de seguridad

Si la comunidad decide instalar cámaras de vigilancia, es aconsejable hacerlo a través de una empresa de seguridad privada registrada y que cumpla con la Ley de Seguridad Privada. Estas empresas tienen el conocimiento y la formación necesaria para garantizar que la instalación cumpla con todos los requisitos legales.

La decisión de la comunidad

La instalación de cámaras de vigilancia en una comunidad de vecinos requiere el acuerdo de la junta de propietarios. Según la Ley de Propiedad Horizontal, para instalar cámaras de vigilancia, es necesario obtener el voto favorable de las 3/5 partes del total de propietarios que, a su vez, representen las 3/5 partes de las cuotas de participación.
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La instalación de cámaras de vigilancia en comunidades de vecinos en Barcelona es una medida que puede contribuir a mejorar la seguridad del edificio. Sin embargo, es fundamental que la comunidad conozca y cumpla con todas las normativas y leyes pertinentes para garantizar la privacidad y los derechos de todos los residentes.

Si tu comunidad de vecinos está considerando esta opción y necesita asesoramiento en el proceso, AdHernández, expertos en gestión de patrimonios inmobiliarios en Barcelona, puede proporcionar la orientación necesaria para tomar una decisión informada y conforme a la ley.

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